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Creación de la Comisión Especial de Ayuda a los Inocentes Indultados - CEAII

Nuestras intenciones de conversar con el gobierno se iniciaron luego de la publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional. Así logramos entrevistarnos de manera extraoficial con el Ministro de Justicia del Gobierno de Transición, el doctor Diego García Sayán, quien no mostró mayor interés en dar solución a nuestros requerimientos. Sin embargo, luego de realizarse el proceso electoral peruano y de juramentar el nuevo Presidente de la República, volvimos a insistir en nuestra intención de tratar con el gobierno los problemas de los inocentes liberados. Aquí se destacó el interés del doctor Alejandro Toledo, Presidente de la República, y del Ministro de Justicia, Sr. Fernando Olivera, quién por intermedio de la Congresista Ana Elena Townsend, nos convocó a una entrevista en donde pudimos exponer nuestra preocupación y deseo de lograr beneficios inmediatos, así como la realización de un desagravio público para todas las personas que fueron injustamente encarceladas.
Así la ceremonia de desagravio se realizó el día 14 de enero de 2002, en el Salón Dorado del Palacio de Gobierno, en la ciudad de Lima, a la que asistieron cerca de 300 personas. En dicho acto el Presidente Alejandro Toledo pidió disculpas, en nombre de la Nación, a todas las personas que estuvieron injustamente detenidas en el gobierno anterior y reafirmó su compromiso de cumplir con las leyes y los tratados internacionales.
En esa misma ceremonia se firmó el Decreto Supremo N° 002-2002-JUS en donde se crea la Comisión Especial de Asistencia a los Indultados Inocentes - CEAII, encargado de diseñar y poner en práctica un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias a favor de los indultados por la Comisión creada por la Ley N° 27234 (26655), así como de los familiares de estos. Asimismo, se precisó que dicha comisión priorizaría planes de Seguro Integral de Salud, de Fomento al Empleo, de Ingreso a la Universidad y de Vivienda que alcancen a los referidos indultados, así como a sus familiares directos.
Esta comisión especial estaría integrada por:
Un representante del Ministerio de Justicia, quien la presidirá.
Un representante del Ministerio de la Presidencia.
Un representante del Ministerio de Salud.
Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.
Un representante del Ministerio de Trabajo y promoción Social.
Un representante de la Asociación Nacional de Inocentes Liberados.
Un representante de la Defensoría del Pueblo.

Decreto Supremo N° 002-2002-JUS.

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Acto de Desagravio por el Presidente Toledo

Creación de la Comisión Especial de Asistencia a los Indultados Inocentes (CEAII)

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Creación de la Comisión Especial se Asistencia