Núm 31, II Época  - Abril 2001 - Edita FE-JONS  -  La Falange  


UNA CORRECCIÓN FILIAL AL CARDENAL ROUCO

Julio Ruiz de Alda

      

Tolerarás al inmigrante
Antonio Martín Beaumont

Inmigración sí pero controlada
Emilio L. Sánchez Toro

Editorial FE

Reconciliación
José Mª Gª de Tuñón

Una cuestión de dignidad
Miguel Ángel Loma

Puerto Rico
Redacción

      

Una prez por España
Enrique Olagüe

 El Presidente de la Conferencia Episcopal y Arzobispo de Madrid, Monseñor Rouco Varela, afirmaba hace unos días en una conferencia pronunciada en el Club Siglo XXI, que la declaración sobre la libertad religiosa del Concilio Vaticano II supone que el Estado “no se identifique excluyentemente con ninguna confesión religiosa” (Alfa y Omega nº 253. 29-III-2001).

Humildemente, y con todo el respeto, veneración y afecto hacia quien durante muchos años fue mi obispo, me atrevo a corregir filialmente a Monseñor Rouco, pues considero que ha incurrido en un error -supongo que sin advertencia plena- ya que tal declaración no sólo no dice tal cosa sino que afirma precisamente lo contrario, pues explícitamente advierte que el Sagrado Concilio “deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo” (Declaración Dignitatis humanae. § 1) .

Y como Mons. Rouco debería saber, tal doctrina ha sostenido siempre que “no pueden las sociedades políticas obrar en conciencia como si Dios no existiese, ni volver la espalda a la religión, ni mirarla con esquivez ni desdén, ni adoptar indiferentemente una religión cualquiera entre tantas otras; antes bien, y por lo contrario, tiene el Estado político la obligación de admitir enteramente, y profesar abiertamente aquella ley y prácticas de culto divino que el mismo Dios ha demostrado querer” (León XIII. Inmortale Dei. § 11). “Siendo, pues, necesario, al Estado profesar una religión, ha de profesar la única verdadera” (León XIII. Libertas. § 27). Es decir, que los Estados están obligados a profesar la religión católica dando culto público a Dios, porque “la razón y la naturaleza, que mandan que cada uno de los hombres dé culto a Dios piadosa y santamente, imponen la misma ley a la comunidad civil” (León XIII. Inmortale Dei. § 11); inspirando su legislación e instituciones en la interpretación católica de la vida para que “la sociedad entera se ajuste a los mandamientos divinos y a los principios cristianos,  al establecer las leyes, al administrar justicia, al formar las almas de los jóvenes en la sana doctrina y en la rectitud de costumbres” (Pío XI. Quas primas. § 33); y reconociendo a la Iglesia su carácter de “sociedad perfecta, maestra y guía de las demás sociedades” (Pío XI. Ubi arcano Dei. § 22).

De hecho, según el Concilio Plenario de América Latina celebrado en 1899 bajo la presidencia de León XIII,  “los que pretenden que el Estado se desentienda de todo homenaje a la religión, no sólo pecan contra la justicia, sino que se muestran ignorantes e inconsecuentes”.

El Catecismo de la Iglesia Católica ha vuelto a recordar que “el deber de rendir a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado”, o sea, que obliga no sólo a los individuos sino también a las sociedades; que, por ello, los católicos estamos llamados a “informar con el espíritu cristiano el pensamiento y las costumbres, las leyes y las estructuras de la comunidad”; y que las autoridades civiles no pueden rechazar, en nombre de una pretendida independencia en relación con Dios, la concepción cristiana de la vida, sino que deben aceptar la cosmovisión católica e inspirar en ella sus juicios y decisiones, para que de esa manera se manifieste “la realeza de Cristo sobre las sociedades humanas” (Catecismo de la Iglesia Católica. §§ 2105 y 2244).

Es más, para profundizar en estas enseñanzas, el Catecismo de la Iglesia Católica nos remite nada menos que a la encíclica de León XIII sobre la constitución cristiana de los Estados -la Inmortale Dei- y a la Quas Primas, de Pío XI, sobre la Realeza de Jesucristo. Lo cual da a entender, obviamente, que el nuevo Catecismo sigue considerando válida y vigente, como el Concilio, la doctrina tradicional sobre los deberes de los Estados para con la Religión contenida en tales encíclicas y en el Magisterio de ambos Pontífices, que son las enseñanzas que he traído aquí para demostrar cómo la Iglesia propugna que, al contrario de lo que ha dicho el Cardenal Rouco –seguro que inconscientemente-, los Estados sí están moralmente obligados a identificarse excluyentemente con una confesión religiosa: la católica. 

José María Permuy Rey

La Coruña

 

Inmigración