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SITUACIÓN JURÍDICA DE PERUANOS EN ESPAÑA

         La situación jurídica de los peruanos entrevistados es quizás el aspecto que conviene interpretar con mayor distancia de todos los analizados hasta el momento. La asesoría jurídica es precisamente uno de los servicios que atrae un mayor número de visitas a la asociación, de modo que es lógico interpretar que los peruanos en situación regular están representados en la muestra por debajo de lo que justificaría su peso real en el total de los residentes de hecho en Madrid. Los entrevistados que declaran estar en situación irregular -tanto quienes han visto denegada su solicitud de permiso como quienes no la han presentado o esperan en el momento de la entrevista la resolución oficial del trámite- se acercan al 58% de los casos. El análisis apunta levemente a una mayor tendencia a la regularidad a medida que se eleva el nivel de estudios, aunque no se puede afirmar nada concluyente al respecto (vid. tabla 4).

TABLA 4. Situación jurídica según nivel de estudios.

Errore. Il segnalibro non è definito.

SITUACIÓN JURÍDICA

NIVEL DE ESTUDIOS

TOTAL

 

PRIMARIO

SECUNDARIO

SUPERIOR

 

N

 

 %

 

N

%

N

%

N

%

 

 

REGULAR

IRREGULAR

 

TOTAL

3

3

 

6

50.0

50.0

 

100%

10

23

 

33

30.3

69.7

 

100%

31

34

 

65

47.7

52.3

 

100%

  44

  60

 

 104

42.3

57.7

 

100%

           Sí puede afirmarse sin reservas una mayor tendencia a la irregularidad entre los inmigrantes recién llegados. Aunque sería completamente erróneo interpretar literalmente los resultados recogidos en relación al estatus jurídico de los inmigrantes peruanos, lo cierto es que no parece disparatado asumirlos como información significativa considerada en términos relativos.

         En relación a la vía de entrada a España, sólo un 40% de los encuestados accede a través del aeropuerto de Barajas, única vía de acceso regular al país. El porcentaje se reduce al 23% del total si consideramos sólo las entradas realizadas desde 1992. Tras este año la mayor parte de las entradas en España son irregulares y se realizan a través de Francia. Esto tiene que ver con la derogación del convenio de supresión de visado entre España y Perú en ese mismo año y supone la utilización masiva de la vía de entrada a la UE a través de Alemania, que hasta 1996 no exigía visado. El acceso irregular tiene lugar además en un 10% de los casos a través de Portugal.

         En cuanto a la situación jurídica declarada por los informantes, más de la mitad del 40% de los regulares corresponde a personas que entraron a España a través de Barajas. Así, se observa que la irregularidad en la entrada se traduce con mayor frecuencia en irregularidad de la estancia: el 73% de aquellos que llegaron vía Francia permanecen en situación irregular, frente al 45% de quienes lo hicieron vía Barajas. Es muy significativo que el número de inmigrantes peruanos en situación regular que declararon entrar a través de Barajas coincida con el de aquellos que lo hicieron a través de esta vía hasta 1992. Sin embargo, no tiene porqué tratarse de los mismos casos: puede ocurrir que los peruanos que han entrado en España por Barajas a partir de 1993 lo hayan hecho en calidad de turistas o como estudiantes, permaneciendo en el país en situación irregular tras la extinción de su visado y puede también que, entre ellos o entre quienes accedieron a España con anterioridad, hubiera trabajadores que llegaron con un permiso de residencia y trabajo (PRT) y no hayan tenido posibilidad de renovarlo una vez caducó por no contar con un nuevo contrato de trabajo. Por otra parte, se verifica el proceso contrario, el paso de la situación irregular a regular, en una proporción significativa entre quienes llegaron a través de Francia o Portugal. Esto se debe a la convocatoria anual de contingentes de trabajadores inmigrantes por la Dirección General de Migraciones (Mº de Trabajo y Asuntos Sociales) y pone de manifiesto cómo este procedimiento acaba formando parte de la estrategia de regularización de la situación de los trabajadores ya establecidos en el país y no cumple con el objetivo oficialmente declarado, a saber, canalizar las nuevas entradas de extranjeros. Así pues, la trayectoria individual del inmigrante registra saltos de la situación regular a la irregular y viceversa. Este hecho evidencia tanto la inestabilidad jurídica de su situación como la utilización de vías de regularización que no fueron diseñadas en principio con tal propósito.

                                      TABLA 5. Vía de entrada según año de llegada.

Errore. Il segnalibro non è definito.AÑO DE LLEGADA

 VÍA DE ENTRADA

 

BARAJAS

PORTUGAL

FRANCIA

HASTA 1990

1991

1992

1993

1994

1995

 

TOTAL N

TOTAL %

      4

      16

      4

      6

      7

      8

      

      45

   (41.7%)

       --

        2

        5

       --

        1

        3

       

        11

      (10.2%)

       1               1               3               13             12             22                             52          (48.1%)