GRAU  El peruano del milenio

Reynaldo Moya Espinosa

Carátula

Contenido

Prólogo

Capítulo I

Capítulo II

Capítulo III

Capítulo IV

Capítulo V

Capítulo VI

Capítulo VII

Capítulo VIII

Capítulo IX

Capítulo X

Capítulo XI

Capítulo XII

Capítulo XIII

Capítulo XIV

Capítulo XV

Bibliografía

Biografía de R. Moya E.

 

CAPÍTULO XV:

CELEBRACIONES Y ASCENSOS PÓSTUMOS

01.- El día de la Marina

02.- Centenario del nacimiento

03.- Monedas y estampillas

04.- Comisión del centenario de la guerra 1879

05.- El 8 de octubre, día del valor

06.- Ley del sesquicentenario del nacimiento

07.- Comisión nacional del sesquicentenario

08.- Un minuto de silencio cada año

09.- Ascensos a almirante y gran almirante

10.- Retorno de las reliquias

11.- La "Casa Museo" en Piura

12.- El instituto "Gran Almirante"

13.- El 8 de octubre de 1979 en Piura

 

8.- Un minuto de silencio  cada año 

El 28 de septiembre de 1984, el Congreso  aprobó la ley 23938, que el presidente Belaúnde promulgó el 5 de octubre  que disponía: 

Artículo 1º.- El 8 de octubre de cada año, a las 09.50 horas, en todo el territorio nacional, así como en los locales correspondientes a las representaciones diplomáticas del Perú en el extranjero, se guardará un minuto de silencio en homenaje de gratitud al Gran Almirante don Miguel Grau Seminario. 

Artículo 2º.- Encárguese a los Ministros de Marina, de Guerra, de Aeronáutica, de Relaciones Exteriores, del Interior y de Justicia, el cumplimiento de la presente ley, que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. 

En la actualidad y desde hace mucho tiempo se ha olvidado cumplir con esta patriótica ley. Ni los Ministerios encargados de darle fiel cumplimiento como los de Marina, Guerra, Aeronáutica, Relaciones Exteriores, del Interior y de Justicia,  lo hacen.

 

Feriado en Piura 

Por Ley 15155 promulgada el 6 de octubre de 1964 por el presidente Belaúnde en su primer período, se declaró feriado en el departamento de Piura el 8 de octubre de ese año. 

Por Ley 16668 de fecha  21 de julio de 1967 promulgada por el presidente Belaúnde, y publicada en “El Peruano” el   5 de agosto, se declaró feriado no laborable, el 8 de octubre de cada año en el departamento de Piura.