LA NORMATIVA ITALIANA EN MATERIA DE
INMIGRACION
Desde 1998 en Italia esta en vigencia
una nueva ley sobre inmigracion que cierra todas las normas precedentemente emanadas de
exclusion de aquellas sobre el asilo, para quien el Parlamento deberia aprobar
rapido una normativa a si absoluta simple. Las nuevas normas son contenidas en dos
textos: el DGLS n. 286 del 25/7/1998 Texto unico de las disposiciones
concernientes a la disciplina de las inmigraciones y normas sobre las condiciones
del extranjero" y el DPR n. 394 del 31/8/1999 Reglamento que contiene las
normas de actuacion del texto unico de las disposiciones concernientes a la disciplina de
la inmigracion y sobre las condiciones del extranjero a norma del articulo 1 coma 6 del
DGLS n. 286 del 25/7/1998. De inmediato, reportamos una breve sintesis de la
normativa vigente, subdivisa por temas. La novedad respecto al pasato, que en algunos
casos son muy importantes, vienen evidenciados en negro. Al final de cada parrafo, esta
reportado el referente a la parte de DIRECCIONES UTILES que permite de
encontrar velozmente los referentes de las oficinas que se ocupan de los simples
temas tratados por la ley.
FAMILIAS Y MENORES:
La nueva ley reconoce el derecho a la unidad
familiar a todos los extranjeros con un PS non inferiore a un anno (en precedencia era
solo para los trabajadores).
El/la Jefe de Familia tiene derecho a llamar
al conyuge y los hijos menores propios y del conyuge o adoptados, los padres a cargo
inhabiles al trabajo. Debe garantizar la capacidad de mantenimiento y un alojamiento
adecuado (a Milano, las oficinas predispuestas a emitir la documentacion relativa al
alojamiento son tomados de los Consejos Zonales). Si el VISTO DE INGRESO o el PS por
motivos de "recogimiento" vienen negados es posible recurrir
inmediantamente a la Prefectura del lugar de Residencia.
Son introducidas numerosas normas a tutela
de los menores: una tiene que ver con el reconocimiento de las familias de hecho: el PS
viene emitido tambien a los padres naturales extranjeros de ninos italianos o extranjeros
regularmente residentes en Italia. En general, en todos los actos administrativos y
jurisdiccionales que tienen que ver con los menores y el derecho a la unidad familiar,
debe ser dada la prioridad al los intereses del menor.
Para los familiares extranjeros de los
ciudadanos italianos se aplican las Normas Comunitarias
El PS familia consienten inmediatamente de
trabajar
MEDIDAS CONTRA LA DISCRIMINAZIONE
Por primera vez en Italia, vienen
instituidas normas contra la discriminacion por motivos etnicos o religiosos; los
servicios publicos, privados y jefes de trabajo no pueden efectuar actos que
comportan distinciones, exclusione s, restricciones en el trabajo, en el acceso a bienes y
servicios. Contra actos y comportamientos discriminatorios esta previsto el recurso al
Juez.