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IMPUESTO  AL  CHEQUE.

  Seguramente Ud. ya recibió el mail con el resumen de este impuesto.  Si lo desea volver a ver haga clic aquí.

  Este impuesto se aplica desde el 03/04/2001 inclusive y no ha habido tiempo suficiente para analizarlo a fondo y ver sus aplicaciones.  Lo fundamental lo resumiremos aquí y antes de ello le damos los links para que pueda leer y/o imprimir las diferentes normas que se aplican para la liquidación del impuesto.

Ley 25.413     Decreto 380/01      RG AFIP-DGI Nº 985

  Los puntos más destacados son:

  Se aplica a partir del 03/04/2001 inclusive.

  Los bancos retienen y liquidan el impuesto, con una nueva versión del aplicativo SICORE de la DGI.

  Si posee una cuenta con excepciones deberá dar toda la información necesaria al banco para que este la palique, sino paga igual.

  Hay alícuotas distintas.  La general es el 2,5%o o sea el 0,25% tanto sobre los débitos como sobre los créditos. Ej.: Por cada $1.000 debitados y/o acreditados en la cuenta corriente, se paga $2,50 de impuesto.

  Las Cajas de Ahorro, por ahora no pagan el impuesto, pero se anunció que prohibirán tenerlas a las empresas.

  NO se descuenta ni del IVA ni de Ganancias.  Tal vez sí se lo descuente a fines de año o el próximo.

  Se estima una recaudación superior a los $3.500 millones de pesos anuales.

  Todos los contribuyentes deberán ajustar sus sistemas contables y de gestión a los fines de registrar este impuesto y estar preparados para el momento en que se empiece a descontar.

RECUERDE QUE VIVIREMOS TIEMPOS DE CAMBIOS A GRAN VELOCIDAD.  No se esperan marchas y contramarchas, pero sí grandes cambios, y casi todos los días de Abril/01, en base a la Ley 25.414 que le brinda facultades al PEN por un año.

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