GRAU  El peruano del milenio

Reynaldo Moya Espinosa

Carátula

Contenido

Prólogo

Capítulo I

Capítulo II

Capítulo III

Capítulo IV

Capítulo V

Capítulo VI

Capítulo VII

Capítulo VIII

Capítulo IX

Capítulo X

Capítulo XI

Capítulo XII

Capítulo XIII

Capítulo XIV

Capítulo XV

Bibliografía

Biografía de R. Moya E.

 

CAPÍTULO XIV:

AVENIDAS, MONUMENTOS Y HONORES

01.- El primer busto

02.- Fundación del club Grau

03.- Monumento en el Callao

04.- La cripta de los héroes

05.- Monumento en Piura

06.- Monumento en Lima

07.- Monumento en Miami

08.- Calles y plazas

09.- El mar de Grau

10.- Grau, héroe boliviano

11.- El Huáscar en Talcahuano

12.- La curul de diputado

13.- Grau, hombre del milenio

 

09.- El Mar de Grau 

Al celebrarse el sesquicentenario del nacimiento de Grau en 1984, se llevaron a cabo actos y ceremonias recordatorias y de homenaje, sobre todo en Lima y en Piura.

Por entonces gobernaba el Perú el Arquitecto Fernando Belaúnde Terry, el cual promulgó la ley 23856 que dice: 

Artículo 1ª.- El dominio marítimo del Estado a que se refiere el Artículo 98ª de la Constitución Política de la República, se denomina “Mar de Grau”. 

Artículo 2ª.- Esta ley rige desde el día siguiente de su publicación. 

Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación. 

Lima 14 de Mayo de 1984 

RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO

Presidente del Senado

DOMINGO ANGELES RAMÍREZ

Senador Secretario

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC

Presidente de la Cámara de Diputados

PEDRO BARDI ZEÑA

Diputado Secretario 

Al Señor Presidente Constitucional dela República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla. 

Lima 8 de Junio de 1984 

FERNANDO BELAUNDE TERRY

JORGE DU BOIS GERVASI 

Cuando Belaúnde asumió el poder el 28 de julio de 1980, su primer acto de gobierno, fue promulgar la Constitución aprobada el año anterior por el Congreso Constituyente que había presidido el líder aprista Víctor Raúl Haya de la Torre. El antes mencionado Artículo 98 decía lo siguiente: 

Artículo 98ª.- El dominio marítimo del Estado, comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marítimas, medidas desde las líneas de base que establece la ley. En su dominio marítimo, el Perú ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y los convenios internacionales ratificados por la República. 

El concepto de Mar Territorial y de las doscientas millas marítimas fue planteado durante el gobierno del Dr. Luis Bustamante y Rivero en 1947. 

La denominación de Mar de Grau, no es acatada y existen hasta documentos y mapas oficiales que no llevan tal denominación 

En el mismo año de 1984, se dio la Ley 23858 que dice:

Artículo 1ª.- en el presente año la Gran Parada Militar de Fiestas Patrias, será en homenaje al Gran Almirante  del Perú  don Miguel Seminario y se realizará en las plazas erigidas a su memoria.  

Artículo 2ª.- En la ciudad de Lima la Gran Parada Militar se realizará en la Plaza Grau el día 27 de Julio y será organizada por el Ministerio de Marina en coordinación con el  Comando Conjunto de la Fuerza Armada. 

Artículo 3ª. Esta ley rige desde el día siguiente de su publicación.

Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.

Lima 5 de Junio de 1984.