Aprueban Normas para la
implementación del Sistema de Información Estadística Pesquera
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 246-98-PE
Lima, 15 de mayo de 1998
CONSIDERANDO: Que
el Artículo 66 del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca establece que los
Armadores Pesqueros y las Empresas Pesqueras Industriales y Artesanales que realicen
actividades extractivas de cualquier naturaleza, deberán informar al Ministerio de
Pesquería acerca de las capturas por especies y áreas de pesca en los que operan sus
embarcaciones sean éstas de bandera nacional o extranjera. Igualmente, las personas,
naturales o jurídicas que realicen actividades de procesamiento de recursos
hidrobiológicos y de acuicultura, están obligadas a informar de dichas actividades al
Ministerio de Pesquería en la forma y condiciones que fije el Reglamento de la citada Ley
General de Pesca;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 646-97-PE
del 24 de octubre de 1997, se aprobaron los Lineamientos de Política Pesquera
estableciéndose en el Lineamiento 14 que corresponde al Ministerio de Pesquería,
cautelar el estricto cumplimiento de la legislación pesquera y acuícola que norma y
regula sus actividades, así como poner en marcha sistemas de control automatizado que
permitan una transparente y eficiente administración de los recursos
hidrobiológicos;(*)Rectificado por FE DE ERRATAS
Que es necesario disponer de una información
estadística con un mayor nivel de oportunidad y confiabilidad de los volúmenes de
desembarques de las especies hidrobiológicas de mayor importancia comercial, siendo
necesario implementar y ejecutar un sistema adecuado que permita obtener una eficiente
captación, análisis, procesamiento y difusión de información estadística relacionada
al desembarque diario de los mencionados recursos habiéndose coordinado para tal efecto
con el Instituto Nacional de Estadística e Informática;
De conformidad con lo dispuesto con el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y,
Con la opinión favorable del Viceministro;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aprobar las Normas para la
Implementación del Sistema de Información Estadística Pesquera correspondiente a la
captación, procesamiento y difusión de la información estadística relacionada al
desembarque diario de los recursos hidrobiológicos realizados en el litoral peruano, y el
Formulario Unico a ser utilizado, los que forman parte integrante de la presente
resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUDWIG MEIER CORNEJO
Ministro de Pesquería
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